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viernes, 31 de mayo de 2013
miércoles, 29 de mayo de 2013
Relación Comercial entre África y Asia
Haz click en el enlace del titulo (Para leer articulo Completo
En las últimas décadas el comercio y los intercambios comerciales entre ambas regiones o continentes ha aumentado progresivamente, intensificando las relaciones entre los mismos y haciendo que el proceso de integración económica sea más accesible con el pasar del tiempo esto se debe a la ocurrencia de varios fenómenos.
https://docs.google.com/file/d/0B3QGzEGfIb84UjUxa0pWU3NoRXc/edit?usp=sharing
@PedroVerde11
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En las últimas décadas el comercio y los intercambios comerciales entre ambas regiones o continentes ha aumentado progresivamente, intensificando las relaciones entre los mismos y haciendo que el proceso de integración económica sea más accesible con el pasar del tiempo esto se debe a la ocurrencia de varios fenómenos.
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@PedroVerde11
domingo, 26 de mayo de 2013
EL PRÍNCIPE Y SU RELACION CON LAS NEGOCIACIONES COMPETITIVAS
Haz click en el titulo para Leer el articulo
@PedroVerde11
https://docs.google.com/file/d/0B5DqmkUP6iRYdFB1Nnk4LUlPM0U/edit
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@PedroVerde11
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martes, 14 de mayo de 2013
INTERRELACIÓN DE LA ECONOMÍA CON EL TURISMO
La Actividad económica más importante de la región insular es sin duda alguna el Turismo, esta activad representa grandes beneficios económicos a la región que aprovecha las condiciones naturales como el clima y sus exuberantes paisajes, playas e Islas para ofrecer experiencias muy placenteras a las personas que deseen visitar la región.
CONTINUA LEYENDO EN EL ENLACE
INTERRELACIÓN DE LA ECONOMÍA Y EL TURISMO
@PedroVerde11
La Actividad económica más importante de la región insular es sin duda alguna el Turismo, esta activad representa grandes beneficios económicos a la región que aprovecha las condiciones naturales como el clima y sus exuberantes paisajes, playas e Islas para ofrecer experiencias muy placenteras a las personas que deseen visitar la región.
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INTERRELACIÓN DE LA ECONOMÍA Y EL TURISMO
@PedroVerde11
viernes, 10 de mayo de 2013
¿Cómo
el Private Equity, Hedge Funds y Bienes Raíces afectan la inversión en el
comercio Internacional?
El Private Equity, Hedge Funds y las Bienes
Raíces, se pueden denominar como mecanismos que facilitan a sus clientes todo
lo referente a la actividad de inversión, cada una con sus similitudes y
diferencias pueden afectar el comercio internacional tanto de manera negativa
como de manera positiva
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miércoles, 8 de mayo de 2013
Análisis de
Pedro Verde:
Los 10
pecados capitales del Marketing
El
reconocido autor Philip Kotler, considerando uno de los más importantes
representantes del marketing, expone en este libro las diferentes deficiencias
y dificultades que presentan las empresas en el proceso de marketing y que no
le permiten obtener los resultados deseados, el autor los presenta como los
diez pecados capitales del marketing, según su criterio cuando se sospeche de
estar cometiendo uno de estos pecados lo mejor es tomar la solución aquí
planteada. El marketing está orientado a la venta y la promoción de los
productos para así cumplir con objetivos y metas planteadas con anterioridad.
El
estado del Marketing en la actualidad
El
marketing actual está orientado a la promoción de los productos a pesar de los
esfuerzos y las estrategias aplicadas en este proceso son pocos los productos
que lograr posicionarse de manera adecuada en el mercado debido a que el
estudio debería ser más exhaustivo para así brindar mejores resultados y que el
producto ingrese de manera efectiva al mercado, los hábitos del consumidor se
han ido sofisticando con el pasar del tiempo así que el marketing debe
evolucionar de igual manera constantemente.
Primero:
su empresa no está suficientemente orientada al mercado y dirigida a los
consumidores
la
empresa debe estar orientada al mercado y a los consumidores en la
actualidad las empresas tienen dificultades en cuanto el establecimiento
de una organización idónea y no lograr aprovechar con efectividad todas las
oportunidades que les brinda el mercado, esto se puede deber a que no se ha logrado
segmentar el mercado de manera correcta y precisa muchas investigaciones de
mercado se centran en la segmentación demográfica y descriptiva pero no toman
en cuanto que dentro de estos segmentos hay consumidores que tienen gustos
necesidades y preferencias diferentes por ende la empresa debe ir orientada a
la satisfacción de las necesidades, preferencias y gustos de los distintos
consumidores que integren un mercado en la medida de lo posible.
Segundo:
su empresa no entiende del todo a sus clientes potenciales
La
empresa debe esforzarse por entender los hábitos y características de los
consumidores, cuando los estudios no están actualizados, los clientes no
compran la cantidad deseada de productos o se incrementan las quejas y
devoluciones, significa que hay que replantear la estrategia y tomar decisiones
como hacer nuevas investigaciones al consumidor, aplicar numerosas técnicas
analíticas para evitar riesgos y aumentar rentabilidad y utilizar técnicas que se
centren en recoger la mayor cantidad de datos posibles como encuestas o debates
con el fin de ofrecer un producto adecuado a los clientes potenciales conservar
y atraer a nuevos clientes debe ser el objetivo.
Tercero:
su empresa necesita definir mejor a la competencia y controlarla
La
competencia debe ser estudiada exhaustivamente y debe ser comprendida conociendo
sus ventajas y debilidades tanto de competidores cercanos como de los
competidores lejanos, hay que estar atento a las tecnologías que utilizan e ir
innovando en función de esto, los datos sobre la competencia deben ser amplios y
es recomendable establecer una oficina que se encargue de recopilar y analizar
toda esta información.
Cuarto:
su empresa no ha gestionado adecuadamente su relación con las partes
interesadas
Definamos
a las partes interesadas como a todos aquellos que cumplen una función crucial
en la empresa tal como: empleados, proveedores,
Distribuidores
e inversores. Estos deben de ser gestionados de manera efectiva y precisa la
participación de estos agentes y su desempeño determinara la calidad de los
productos y el servicio que ofrece la empresa se debe manejar las relaciones y
hacer que mejoren constantemente ofreciendo estabilidad a empleados,
distribuidores y proveedores. Es importante destacar que se deben escoger a los
mejores empleados posibles y adiestrarlos para que se desempeñen en sus respectivos
puestos de trabajo eficientemente, debido a que un empleado satisfecha
probablemente se traduzca en clientes satisfechos, las relaciones con el
distribuidor deben ser positivas en la cual el acepte su compromiso con la
empresa y con la actividad de distribución.
Quinto:
a su empresa no se le da bien encontrar nuevas oportunidades
Se
deben aprovechar todas las ventajas que ofrezca un determinado mercado
realizar las investigaciones pertinentes y se recomienda crear un departamento u
oficina encargada de la generación de nuevas ideas y propuestas, las cuales de pasar
por una serie de pasos estratégicos se conviertan en nuevos productos,
modificaciones u innovaciones.
Sexto:
el proceso de formulación de planes de marketing en su empresa es deficiente
Las
empresas cometen errores en algunos casos por formular de manera errónea los
planes de marketing ya sea por que no conocen al consumidor lo suficiente o
desconocen en parte el funcionamiento y comportamiento del mercado. El
marketing está orientado y tiene como objetivo el posicionamiento de la
empresa, los productos que ofrece y la venta de los mismos. Una empresa
con un plan de marketing eficiente tendrá en cuenta gran cantidad de datos e
información que le permitirá promocionar el producto eficientemente.
Séptimo:
Las políticas de productos y servicios de su empresa necesitan un ajuste:
Los
productos y servicios que se ofrecen pueden caer en la monotonía y por ende
aburrir por así decir decirlo al consumidor el cual naturalmente quiere algo
nuevo cada cierto tiempo, pequeñas modificaciones del producto, innovaciones en
la imagen del producto y publicidad entretenida o recreativa son buenas medidas
de ajuste de los productos. Los consumidores desean que los productos varíen
paulatinamente y cuando esto deja de ocurrir sencillamente el consumo tiende a
la baja. Hay que ir en un proceso de ajuste constante para satisfacer al
consumidor.
Octavo:
la construcción de marca y las comunicaciones de su empresa son deficientes
Las
empresas realizan inversiones grandes en publicidad esta inversión a veces no
suele ser recompensada con resultados debido a que la marca o la publicidad no
fue efectiva es decir la marca resulta ser desconocida para los potenciales
clientes, esto sucede cuando los diferentes canales de comunicación utilizados
No
fueron eficientes en el momento de dar a conocer a la empresa. Lo más recomendable
es invertir en dar a conocer a la marca de una manera que sea accesible y
evidente para los potenciales consumidores.
Noveno:
su empresa no está bien organizada para llevar a cabo un marketing eficaz
El
marketing es un proceso que necesita de tiempo y organización para ser llevado
a cabo de manera idónea, cuando las empresas carecen de organización y de los
medios necesarios para llevar a cabo dicho proceso el marketing es ineficaz y
poco prudente. Las empresas deben de estar bien consolidados y plantearse
planes y objetivos que le permitan cumplirlos. El marketing requiere de un
estudia y una serie de recursos indispensable para su funcionamiento preciso.
Décimo:
su empresa no ha sacado el máximo partido a la tecnología
Las
empresas suelen decaer o desaparecer por no tener la capacidad para adaptarse a
la tecnología la cual avanza constantemente y obliga a los oferentes a realizar
esfuerzos para mantenerse a la vanguardia en cuanto a tecnología se refiere si
la competencia es capaz de obtener una tecnología que permita reducir costos y
aumentar productividad, la empresa está en la obligación de innovarse
tecnológicamente para evitar ser desplazado por la competencia. La tecnología
es preferida también por los consumidores porque permite prestar servicios más
efectivos y rápidos. Se le debe sacar el mayor partido a la tecnología e ir
innovando constantemente si se desea obtener una posición importante en el
mercado.
El
marketing debe de cambiar y centrarse en guiar la estrategia empresarial, a
seguir la cual dictara cuales son los mecanismos y medios necesarios para
promocionar los productos que se deseen ofertar. Los agentes encargados del
marketing deben desarrollar mecanismos que le permitan aprovechar oportunidades
y facilitar la creación de planes de promoción para obtener así buenos
resultados en el mercado.
El
autor decidió evaluar los diez pecados que según su criterio no deben
cometerse en el proceso de marketing. Y también propone las soluciones a estos
posibles pecados de seguir estas recomendaciones seguramente los procesos de
marketing serian más efectivos y rentables.
Algunas
de las soluciones planteadas ante estos pecados son: segmentar el mercado
eficientemente, evaluar necesidades y requerimientos de consumidores, conocer
los competidores exhaustivamente, desarrollar programas que permitan aprovechar
al máximo las oportunidades presentes en el mercado, desarrollar planes de
marketing con alcance a corto y largo plazo, establecer un control total sobre
productos y servicios, utilizar medios de comunicación y promoción eficientes,
infundir sentido de liderazgo e integrar a cada empleado en el proceso,
incorporar tecnología que lo otorgue ventajas.
martes, 7 de mayo de 2013
CLASE DE INCOTERMS
http://www.youtube.com/watch?v=O0p0HfUnlH8
Bienvenidos a su clase de Incoterms,
Luego de ver esta clase aprenderán a convertir los Incoterms, sigan atentos a los vídeos que subiremos próximamente
recuerda brindarnos tu apoyo con un me gusta y hacer llegar este vídeo a mas personas
@ValoradoresA
@PedroVerde11
Para complementar la practica, puedes acceder a la teoría en estas paginas
culturadeverde.blogspot.com
www.facebook.com/valoradores.anonimos
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GLOSARIO ADUANERO
A
Abandono Legal.- Institución jurídica aduanera por la cual, al vencimiento los términos para solicitar el destino o despacho a consumo o efectuar el retiro de las mercancías, la Aduana las adquiere en propiedad y procederá a disponer su adjudicación o remate.
Adeudo.- Monto a que asciende la liquidación de los tributos, intereses y multas si los hubiere, cuyo pago constituye obligación exigible.
Aduana.- Organismo responsable de la aplicación de la Legislación Aduanera y del control de la recaudación de los derechos de Aduana y demás tributos; encargados de aplicar en lo que concierne la legislación sobre comercio exterior, generar las estadísticas que ese tráfico produce y ejercer las demás funciones que las leyes le encomiendan. El término también designa una parte cualquiera de la administración de la aduana, un servicio o una oficina.
Aforo.- Operación única en que el servicio a través del funcionamiento designado, verifica y determina al examinar la declaración y/o la mercancía que su clasificación arancelaria, su valuación, la fijación de la cuota de los derechos arancelarios o impuestos y la aplicación de las leyes correspondientes hayan sido correctamente propuestas por el declarante.
Agente de Carga Internacional o Transitorio.- Persona que puede realizar y recibir embarques, consolidar y desconsolidar mercancías, actuar como Operador de Transporte Multimodal sujetándose a las leyes de la materia y emitir documentos propios de su actividad, tales como conocimientos de embarque, guías aéreas, certificados de recepción, certificados de transporte y similares.
Agentes Económicos.- Importadores, exportadores, beneficiarios de regímenes, operaciones y destinos aduaneros, entidades financieras, operadores de comercio y demás personas que intervienen en las operaciones de Comercio Exterior.
Almacenes Aduaneros.- Locales abiertos o cerrados destinos a la colocación temporal de las mercancías mientras se solicita su despacho y cuya gestión puede estar a cargo de la Aduana, de otras dependencias públicas o de personas privadas.
Carga Consolidada.- Agrupamiento de mercancías pertenecientes a varios consignatarios, reunidas para ser transportadas de un puerto, aeropuerto o terminal terrestre con destino a otro puerto, aeropuerto o terminal terrestre, en contenedores o similares, siempre y cuando se encuentre amparadas por un mismo documento de transporte.
Cargo.- Monto que resulta de la revisión de los documentos con los que se tramitó el despacho de las mercancías o de los presentados por los transportistas.
Comiso.- Sanción que consiste en la privación definitiva de la propiedad de las mercancías.
Consignatario.- Persona natural o jurídica a cuyo nombre viene manifestada la mercancía o que la adquiere por endoso.
Control Aduanero.- Conjunto de medidas destinadas a asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos que la Aduana está encargada de aplicar.
Declaración de Mercancías.- Acto efectuado en la forma prescrita por la Aduana, mediante el cual el interesado indica el régimen aduanero que ha de asignarse a las mercancías y comunica los elementos necesarios para la aplicación de dicho régimen.
Depósitos Aduaneros Autorizados.- Locales destinados a almacenar mercancías solicitadas al Régimen de Depósito de Aduanas, las que posteriormente serán destinadas a otros regímenes u operaciones aduaneras. Pueden ser privados o públicos.
Depósito Aduanero Autorizado Privado.- Local destinado al almacenamiento de mercancías de propiedad exclusiva del depositario.
Depósito Aduanero Autorizado Público.- Local destinado al almacenamiento de mercancías de diferentes depositantes.
Depósitos Francos.- Locales cerrados, señalados dentro del territorio nacional y autorizados por el Estado, en los cuales para la aplicación de los derechos aduaneros y tributos de importación, se considera que las mercancías no se encuentran en el territorio aduanero.
Derechos de Aduana o Arancelarios.- Impuestos establecidos en el Arancel de Aduanas a las mercancías que ingresen al territorio aduanero.
Despacho.- Cumplimiento de las formalidades aduaneras necesarias para importar y exportar las mercancías o someterlas a otros regímenes, operaciones o destinos aduaneros.
Destinación Aduanera.- Manifestación de voluntad del dueño, consignatario o remitente de la mercancía que, expresada mediante la Declaración, indica el régimen aduanero que debe darse a las mercancías que se encuentran bajo la potestad aduanera.
Franquicia.- Exención total o parcial del pago de tributos, dispuesta por ley.
Garantía.- Obligación que se contrae, a satisfacción de la Aduana, con el objeto de asegurara el pago de derechos de aduana y demás impuestos o el cumplimiento de otras obligaciones adquiridas con ella. Se llama global, cuando asegura el cumplimiento de las obligaciones resultantes de varias operaciones.
Levante.- Acto por el cual la Aduana autoriza a los interesados a disponer condicional o incondicionalmente de las mercancías despachadas.
Es incondicional cuando la deuda ha sido pagada o está garantizada. En los regímenes suspensivos o temporales, siempre es condicional.
Manifiesto de Carga.- Documento en el cual se detalla la relación de las mercancías que constituyen la carga de un medio o una unidad de transporte, y expresa los datos comerciales de las mercancías.
Maquila.- Proceso por el cual ingresan las mercancías al país con el objeto de que sólo se le incorpore el valor agregado correspondiente a la mano de obra.
Mercancías.- Bienes que pueden ser objeto de regímenes, operaciones y destinos aduaneros.
Mercancía en Libre Circulación.- Toda mercancía que puede disponerse libremente.
Mercancía Equivalente.- Aquella idéntica o similar a la que fue importada y será objeto de reposición. Debe entenderse por mercancía idéntica a la que es igual en todos los aspectos a la importada en lo que se refiere a la calidad, marca y prestigio comercial.
Debe entenderse por mercancía similar a la que sin ser igual en todos los aspectos a la importada, presenta características próximas a ésta en cuanto a especie y calidad.
Mercancía Extranjera.- La que proviene del exterior, cuya importación no se ha consumado legalmente, la colocada bajo regímenes suspensivos, temporales o de perfeccionamiento, así como la producida o manufacturada en el país y que ha sido nacionalizada en el extranjero.
Mercancía Nacional.- La producida o manufacturada en el país con materias primas nacionales o nacionalizadas.
Muestras.- Son aquellas mercancías que únicamente tienen por finalidad demostrar sus características y que carecen de valor comercial por sí mismas.
Multa.- Sanción pecuniaria que se impone a los responsables de infracciones administrativas aduaneras.
Nota de Tarja.- Documento que formulan conjuntamente el transportista con el almacenista, durante la verificación de lo consignado en el conocimiento de embarque en relación con las existencias físicas, registrando las observaciones pertinentes.
Operadores de Comercio Exterior.- Despachadores de Aduana, conductores de recintos aduaneros autorizados, transportistas, concesionarios del servicio postal, dueños, consignatarios, y en general cualquier persona natural y/o jurídica interviniente o beneficiaria, por sí o por otro, en operaciones o regímenes aduaneros previstos en la Ley, sin excepción alguna.
Prenda Legal.- Garantía que afecta a la Mercancía por imposición de la Ley.
Provisiones de a bordo o Rancho.- Mercancías destinadas al consumo de los pasajeros y miembros de la tripulación a bordo de los medios de transporte de tráfico internacional, ya sea para ser objeto de venta o no; las necesarias para el funcionamiento, el aprovisionamiento y mantenimiento de los mismos medios, incluyendo combustibles, carburantes y lubricantes, pero excluyendo las piezas de recambio y de equipo, que se encuentren a bordo a la llegada o se embarquen durante su permanencia en el territorio aduanero; así como las mercancías para su venta a los pasajeros y miembros de la tripulación para desembarcarlas.
Recintos Especiales.- Areas que pertenecen a los Almacenes Aduaneros, destinados a la conservación de mercancías peligrosas en los que se deberán observar las medidas de seguridad necesarias.
Reconocimiento Físico.- Operación que consiste en verificar lo declarado, mediante una o varias de las siguientes actuaciones: reconocer las mercancías, verificar su naturaleza y valor, establecer su peso o medida.
Reconocimiento Previo.- Facultad del dueño, consignatario o sus comitentes de realizar en presencia del depositario la contratación y verificación de la situación o la condición de la mercancía sin intervención de la autoridad aduanera.
Régimen Aduanero.- Tratamiento aplicable a las mercancías que se encuentran bajo potestad aduanera y que, según la naturaleza y fines de la operación puede ser definitivo, temporal suspensivo o de perfeccionamiento.
Retorno.- Regreso al lugar de origen en el mismo vehículo de la carga llegada al lugar de su destino y no desembarcada.
Terminales de Almacenamiento.- Almacenes destinados a depositar la carga que se embarque o desembarque, transportada por vía aérea, marítima, terrestre, postal, fluvial y/o lacustre. Deberán ser considerados para todos los efectos como una extensión de la Zona primaria de la jurisdicción aduanera a la que pertenecen, por tanto en ella, se podrán recibir y despachar las mercancías que serán objeto de los regímenes y operaciones aduaneras que establece la Ley General de Aduanas.
Terminales de Almacenamiento Postal.- Almacenes instalados y operados por los Concesionarios de Servicio Postal, a los que son conducidos los envíos postales y o de correspondencia para su clasificación, almacenamiento y despacho.
Término de la Descarga.- Se entiende para efectos de control aduanero como el último día en el que se termina de descargar el vehículo transportador, para lo cual la actualidad aduanera deberá dejar constancia de dicho acto en el correspondiente documento.
Transportista.- Persona que traslada efectivamente las mercancías o que tienen el mando del transporte o de la responsabilidad de éste.
Zona Especial de Reconocimiento.- Area habilitada dentro de los almacenes aduaneros destinada al reconocimiento físico de las mercancías, de acuerdo a Ley.
Zona Franca.- Parte del territorio nacional debidamente delimitada, en la que las mercancías que en ella se introduzcan se consideran como si no estuviesen en el territorio aduanero con respecto a los derechos y tributos de importación, y no están sometidos al control habitual de ADUANAS.
Zona Primaria.- Parte del territorio aduanero que comprende los recintos aduaneros, espacios acuáticos o terrestres destinados o autorizados para las operaciones de desembarque, embarque, movilización o depósito de las mercancías; las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de una aduana; aeropuertos, predios o caminos habilitados y cualquier otro sitio donde se cumplen normalmente las operaciones aduaneras.
Zona Secundaria.- Es aquella parte del territorio aduanero que le corresponde a cada aduana en la distribución de que ellos haga el Superintendente Nacional de Aduanas para efectos de la competencia, intervención y obligaciones de cada una.
FUENTE
INCOTERMS
PROF: BLANCA PAREDES DE SOTO
MARÍTIMO y AÉREO
Los Incoterms son los términos comerciales internacionales que definen y
reparten claramente las obligaciones, los gastos y los riesgos del transporte internacional
y del seguro, tanto entre el exportador y el exportador. Estos términos son
reconocidos como estándares internacionales por las autoridades aduaneras y las
cortes en todos los países.
Cuando los comerciantes entran en un contrato para la compra y la venta de
mercancías, están libres de negociar términos específicos en su contrato. Estos
términos incluyen el precio, la cantidad, y las características de las
mercancías. Cada contrato internacional contiene lo que se refiere como
Incoterm (reglas internacionales para la interpretación de términos
comerciales) El Incoterm seleccionado por los comerciantes de la transacción,
determinará quién pagará el costo de cada segmento del transporte, quién es
responsable de cargar y descargar la mercancía, y quién lleva el riesgo de la
pérdida en un momento dado durante el envío internacional. Los Incoterms
también influencian el valor de la mercancía importada a través de una aduana.
Los Incoterms son supervisados y administrados por la Cámara de Comercio
internacional en París y son incluidos por las principales naciones comerciales
del mundo. Actualmente hay trece (13) Incoterms en uso. Los Incoterms usados
con más frecuencia son: EXW, FOB, CIF, y
DDP
REFERENCIA HISTORICA
Las leyes propias de cada país
o unión de países proporcionan cobertura jurídica dentro del territorio en el
que han sido aprobadas, no pudiendo, no obstante, ser aplicables fuera de su
dominio. Esta situación supone la dificultad de decidir cuál es la
reglamentación aplicable en un contrato de compra-venta entre dos países con
legislaciones diferentes.
A comienzos del siglo XX se
estableció la necesidad de solventar dicha problemática para reducir el riesgo
de complicaciones legales y de ésta forma facilitar el intercambio en el
comercio internacional.
En el marco de la Cámara de
Comercio Internacional (CCI), los exportadores mundiales y el resto de los
sectores comerciales aprobaron una primera normativa que posteriormente ha sido
objeto de distintas revisiones: son los INCOTERMS, acrónimos de los
términos ingleses INternacional COmercial TERMS (términos de comercio
internacional).
Desde su creación en 1936, los
INCOTERMS han sufrido diversas actualizaciones con el objetivo de mejorar y dar
mayor apoyo a los comerciantes. Se han incluido constantes modificaciones para
adaptarlos a las presentes prácticas comerciales y adecuarlos al desarrollo del
Comercio Internacional.
Tras las revisiones publicadas
en 1953, 1967, 1976, 1980 y 1990, los INCOTERMS 2000 se presentan como la
última modificación de la norma.
CONCEPTO
DE INCOTERMS
Son reglas internacionales
uniformes para la interpretación de términos comerciales. Determinan el alcance
de las cláusulas comerciales incluidas en un contrato de compra-venta
internacional, solucionando los problemas derivados de las diversas
interpretaciones que pueden darse según los países involucrados y reduciendo
las incertidumbres derivadas de las múltiples legislaciones, usos y costumbres.
Carecen de toda fuerza normativa
o legal, obteniendo su reconocimiento por su uso cotidiano y constante a nivel
mundial, por lo que para que sean de aplicación a un contrato determinado, éste
deberá especificarlo así.
Los INCOTERMS regulan:
- La distribución de documentos.
- Las condiciones de entrega de la mercancía.
- La distribución de los costos de la operación.
- La distribución de riesgos de la operación.
Pero no regulan:
- La legislación aplicable a los puntos no reflejados en los
INCOTERMS.
- La forma de pago de la operación.
Son marca registrada de ICC
Publishing, Inc.
FINALIDAD
DE LOS INCOTERMS
La finalidad de los INCOTERMS
es establecer un conjunto de reglas internacionales uniformes para la
interpretación de los términos más utilizados en el comercio internacional, con
objeto de evitar en lo posible las incertidumbres derivadas de dichos términos
en países diferentes.
Además delimitan con precisión
los siguientes términos del contrato:
- Reparto de gastos entre
exportador e importador.
- Lugar de entrega de la
mercancía.
- Documentos que el
exportador debe proporcionar al importador.
- Transferencia de riesgos
entre exportador e importador en el transporte de la mercancía.
CLASIFICACION
DE LOS INCOTERMS
Estos términos de venta internacional son SOLO utilizados en el seguro de
transporte MARÍTIMO Y AÉREO, pero NUNCA en el seguro de transporte TERRESTRE,
ya que en el transporte terrestre, es para distancias cortas y largas dentro
del mismo país, por lo que las condiciones bajo las cuales se venden las
mercancías quedan reguladas por la Ley respectiva, y por los contratos ya
establecidos entre las partes contratantes.
Los INCOTERMS contienen un
total de 13 tipos de contratos diferentes que son los siguientes:
1) EXW "EX WORK" (en
fábrica). Diferentes acepciones: ex-factory, ex-warehouse,
ex-mill.
El vendedor se obliga a poner a disposición del comprador en su establecimiento o lugar convenido (fábrica, taller, almacén, etc.), sin despacharla para la exportación ni efectuar la carga en el vehículo receptor, concluyendo sus obligaciones.
El vendedor se obliga a poner a disposición del comprador en su establecimiento o lugar convenido (fábrica, taller, almacén, etc.), sin despacharla para la exportación ni efectuar la carga en el vehículo receptor, concluyendo sus obligaciones.
El vendedor ha
cumplido su obligación de entrega al poner la mercadería en su fábrica, taller,
etc. a disposición del comprador. No es responsable de la carga de la
mercadería en el vehículo proporcionado por el comprador ni de despacharla de
aduana para la exportación, salvo acuerdo en otro sentido. El comprador soporta
todos los gastos y riesgos de retirar la mercadería desde el domicilio del
vendedor hasta su destino final.
2) FCA “FREE CARRIER" (franco transportista, libre
transportista).
El vendedor entrega la mercancía y la despacha para la exportación al
transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. El lugar de
entrega elegido determina las obligaciones de carga y descarga de la mercancía
en ese lugar: si la entrega tiene lugar en los locales de vendedor, éste es
responsable de la carga; si la entrega ocurre en cualquier otro lugar, el
vendedor no el responsable de la descarga. Este término
puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.
3) FAS "FREE ALONGSIDE SHIP" (libre al costado del buque).
La entrega de la mercancía se realiza
cuando es colocada por el vendedor al costado del buque en el puerto de
embarque convenido. son por cuenta del comprador todos los costos y riesgos de
pérdida o daño de la mercancía desde ese momento. Este Incoterm exige al vendedor despachar la
mercancía en aduana para la exportación.
La abreviatura FAS
va seguida del nombre del puerto de embarque. El precio de la mercadería se
entiende puesta a lo largo (costado) del buque en el puerto convenido, sobre el
muelle o en barcazas, con todos los gastos y riesgos hasta dicho punto a cargo
del vendedor. El comprador debe despachar la mercadería en aduana. Este
término puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas
interiores.
4) FOB "FREE ON
BOARD" (libre a bordo).
El término FOB a
seguido del puerto de embarque, ej. F.O.B, La Guaira. Significa que la mercadería es puesta a bordo del buque con todos los gastos, derechos y riesgos a
cargo del vendedor hasta que la mercadería haya pasado la borda del barco, con
el flete excluido. Exige que el vendedor se encargue
de los trámites para la exportación. Este término
puede usarse solamente para el transporte por mar o vías acuáticas interiores. El comprador selecciona el buque y paga el flete marítimo. La
transferencia de riesgos y gastos se produce cuando la mercancía rebasa la
borda del buque.
5) CFR "COST AND FREIGHT"
(costo y flete).
La abreviatura CFR va
seguida del nombre del puerto de destino. El precio
comprende la mercadería puesta en puerto de destino, con flete pagado pero seguro
no cubierto. El seguro es a cargo del comprador. El vendedor debe
despachar la mercadería en Aduana y este término sólo puede usarse en el
caso de transporte por mar o vías navegables interiores.
6) CIF "COST, INSURANCE AND
FREIGHT" (costo, seguro y flete).
El vendedor tiene las mismas
obligaciones que bajo CFR, la
abreviatura va seguida del nombre del puerto de destino y el precio incluye la
mercadería puesta en puerto de destino con flete pagado y seguro mínimo cubierto.
El vendedor contrata el seguro y paga la prima
correspondiente. Además, el Vendedor, debe ocuparse del despacho de la mercancía en aduana para la exportación.
El vendedor contrata y paga el
flete de transporte de la mercancía hasta el lugar de destino convenido. El
riesgo de pérdida o daño se transfiere del vendedor al comprador cuando la
mercancía ha sido entregada al transportista. El vendedor debe
despachar en aduana la mercadería para su exportación.
Este término obliga al vendedor de igual forma que el CPT
y además debe contratar el seguro y pagar la prima correspondiente, para cubrir
la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte, si bien, solo está
obligado a contratar un seguro con cobertura mínima.
9) DAF "DELIVERED AT FRONTIER" (entregado en frontera). (Desaparece)
El vendedor cumple su obligación,
cuando, una vez despachada la mercancía en la aduana para la exportación la
entrega en el punto y lugar convenidos de la frontera, antes de rebasar la
aduana fronteriza del país colindante y sin responsabilidad de descargarla. Es de vital
importancia que sea definido con precisión el "término" frontera.
10) DES "DELIVERED EX SHIP" (entregado sobre el buque). (Desaparece)
La mercancía es puesta por el
vendedor a disposición del comprador a bordo del buque, en el puerto de destino
convenido, sin llegar a despacharla en aduana para la importación. El vendedor asume los costos y
riesgos de transportar la mercancía hasta el puerto de destino, pero no de la
descarga. Solo se usa cuando el transporte es por mar.
11) DEQ "DELIVERED EX QUAY" (entregado
en muelle) (Desaparece)
El vendedor cumple su
obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador
sobre el muelle y una vez descargada, en el puerto de destino convenido. En
este término es el comprador el obligado a realizar el despacho aduanero
de la mercancía para la importación. Solo es usado en transporte marítimo.
12) DDU "DELIVERED DUTY UNPAID"
(entregado sin pago de derechos)
(Desaparece)
El vendedor entrega la
mercancía al comprador en el lugar convenido del país del comprador, no
despachada para la aduana de importación y no descargada en los medios de transporte, a su llegada a dicho
lugar. El término DDU puede utilizarse en cualquier medio de transporte.
El vendedor debe asumir todos
los gastos y riesgos relacionados con llevar la mercancía hasta el lugar
convenido. El comprador ha de pagar cualquier gasto adicional y soportar los
riesgos en caso de no poder despachar la mercancía en aduana para su
importación a su debido tiempo
El vendedor cumple
con su obligación cuando pone la mercadería a disposición del comprador en el
lugar convenido en el país de importación. El vendedor asume todos los gastos y
riesgos relacionados con la entrega de la mercadería hasta ese sitio (excluidos
derechos, cargas oficiales e impuestos), así como de los gastos y riesgos de
llevar a cabo las formalidades aduaneras.
En este término el vendedor
realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada para la importación
y no descargada de los medios de transporte a su llegada al lugar convenido del
país de la importación. El vendedor asume todos los gastos y riesgos, incluidos
derechos, impuestos y otras cargas por llevar la mercancía hasta aquel lugar,
una vez despachada en aduana para la importación.
El
vendedor asume las mismas obligaciones que en D.D.U. más los derechos,
impuestos y cargas necesarias para llevar la mercadería hasta el lugar
convenido.
NUEVOS INCOTERMS: Incoterms 2011
DAT (DELIVERED AT TERMINAL)
DAP (DELIVERED AT PLACE)
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